La Autoridad Nacional del Agua (ANA) aprobó el Reglamento de Operadores de Infraestructura Hidráulica, mediante Resolución Jefatural Nº 492-2011-ANA,
publicada en el diario oficial El Peruano, se aprobó este importante
norma que regula la actuación de los operadores que prestan servicios
públicos de suministro de agua así como de monitoreo y gestión de aguas
subterráneas para los usuarios de los diversos sectores.
Este nuevo reglamento define las
funciones, atribuciones y registro de los operadores y además,
determina el plan de operación, mantenimiento y desarrollo de la
infraestructura y de la supervisión de la calidad del servicio.
Según la Ley de Recursos Hídricos,
los Operadores de Infraestructura Hidráulica son entidades –públicas o
privadas- que prestan los servicios de regulación, derivación o
trasvase, conducción, distribución o abastecimiento de agua para los
diferentes usos económicos y son los responsables de la conservación,
operación, mantenimiento y mejoramiento de la infraestructura.
El nuevo Reglamento de Operadores de Infraestructura Hidráulica
consta de ocho (8) títulos, treinta y dos (32) artículos, cuatro (4)
Disposiciones Complementarias Finales, tres (3) Disposiciones
Complementarias Transitorias y un Anexo: “Funciones de Operadores de
Infraestructura Hidráulica”.
Colaboración: Carlos Franco Pacheco.
Fuente: http://gsagua.com/
Fuente: http://gsagua.com/
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