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martes, abril 29, 2014

TRABAJADORES DEL CAS NO SERÁN DESPEDIDOS


Fuerza Popular presenta proyecto de ley en el Congreso que beneficiaría a 80 mil empleados estatales.


Imagen: Internet

Trabajadores del CAS no serán despedidos. 

Los trabajadores estatales bajo el régimen de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) no podrán ser despedidos luego de cumplir un año de servicio, según lo estable el proyecto de ley que debatirá el Congreso.

La iniciativa indica que los servidores públicos bajo este régimen –que se calculan en unos 80 mil– que tengan un año trabajando no pueden ser cesados ni destituidos sin previamente pasar por un proceso administrativo. De esta forma se les iguala con los servidores de otros sistemas laborales del sector estatal.

SUSTENTO

“A estos servidores del CAS no se les aplica el principio de primacía de la realidad, por lo cual cuando son cesados y van al Poder Judicial para buscar su reincorporación pierden los juicios”, añade la propuesta del grupo parlamentario Fuerza Popular.

El congresista fujimorista Rofilio Neyra detalló que los miles de trabajadores de este régimen laboral requieren una protección adecuada hasta que se puedan integrar a Servir, cosa que sucedería dentro de seis años.

Hoy, los alrededor de 80 mil trabajadores públicos que integran el CAS, cuando son despedidos de forma arbitraria, solo reciben de indemnización dos meses de sueldos.

PARCHE
Consultado por Perú21 sobre esta propuesta, el laboralista Germán Lora comentó que se trata de una medida “parche” que solo significará una solución momentánea para los trabajadores que forman parte de este grupo laboral.

“Es solo una salida temporal, y no es lo correcto, a pesar de ser un beneficio que protege a los trabajadores del CAS”, sostuvo el especialista.

“Lo que debe suceder es que desaparezca el CAS, pero nadie en el Estado asume esa tarea”, mencionó.

Más adelante, Lora sostuvo que esta norma podría colisionar con la Ley Servir, que aún está en implementación.

DATO


- Cuando entre en funciones la nueva Ley del Servicio Civil, los trabajadores pertenecientes al régimen laboral Nº 1057, que regula el sistema de Contratación Administrativa de Servicios (CAS), gozarán de estabilidad laboral meritocrática y podrán hacer una carrera en la administración pública sobre la base de su desempeño.

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